Entodos los casos, la comunidad de propietarios aplicará un impuesto al valor añadido del 21% a estas facturas. Asimismo, debido a los costos incurridos, también se puede
Todaslas Comunidades de propietarios tienen unos Estatutos que contemplan cómo se ha de gestionar y regularizar todas sus cuestiones: gastos, cuotas de participación de cada propietario, espacios comunes, locales comerciales, plazas de garaje etc. Por ello, ante plazas de garaje o locales, lo primero es acudir al Título Constitutivo o los Estatutos de
Elgeneral (que ya comentábamos antes) se encuentra en el 21%, pero según la Ley existen algunos casos en los que se puede aplicar un 10% de IVA. Por lo que en tu Comunidad
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